La Comisión Galega de la Competencia pide abrir expediente contra las dos empresas que participaron en UTE en el concurso de cinco contratos de transporte de la Xunta, cuatro de los cuales son los más rentables de la convocatoria.
21 de marzo de 2023 . Actualizado a las 5:04 p. m.
El Tribunal Supremo de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado a la Comisión Galega de la Competencia (CGC) iniciar un expediente sancionador contra Monbus y Alsa Debido a los indicios de la capacidad de segmentar el mercado. Al participar en 2020, a través de la Unión Temporal de Obras (UTE), a un concurso público para la Xunta donde se han liquidado numerosos contratos de transporte terrestre. En concreto, cinco de las 29 concesiones contratadas en ese momento en el marco de la Fase II del Plan de Transporte Público de Galicia se ofrecieron en UTE. Una empresa poco conocida por la presencia de autobuses en la comunidad -Travieso Software Transporte de Viajeros, con sede en Oleiros (A Coruña)- ha interpuesto un polémico recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo de Galicia contra la resolución de la Comisión de Competencia de Galicia, que le deniega abre un expediente disciplinario contra las dos empresas en respuesta a las denuncias que les acusan de prácticas desleales de competencia. Y lo hizo, según los recurrentes, Sin verificación se denunció, caso asumido por el juzgado.
Los jueces, en un primer paso, decretaron la anulación de la resolución de la Comisión Galega de la Competencia ante la que se habían presentado estas denuncias sin incoar expediente disciplinario, al considerar que existían indicios razonables de que se había producido una infracción. Sin embargo, en la sentencia, el tribunal entra en el contenido central de la controversia. Afirma que no puede interpretarse como una coincidencia el hecho de que Alsa y Monbus hayan competido en joint venture por cuatro lotes económicamente significativos, sin embargo, que siempre vayan por separado en el resto de los contratos en los que se presentan firmas locales (caso), pero debe considerarse motivo(s) de un acuerdo previo, para beneficiar, además, que el pliego le permita atender todas las ofertas. De estos contratos, el más rentable es el de Galicia: el que conecta las grandes ciudades del eje Atlántico.
El tribunal también señaló que empresas importantes como Alsa y Monbus no necesitan unirse a empresas mixtas para ganar contratos, ya que señala que tienen medios suficientes para competir individualmente, como lo hicieron en las 100 concesiones de la primera fase de la transferencia regional. plan. Los jueces argumentan que Es muy difícil que dos empresas que comparten tantas piezas no se presenten como competidoras.
De esta forma la sentencia asevera que se evita la aplicación de la cláusula de premios máximos, por concordancia en otras disposiciones con otros transportistas, lo que constituye, más que una sospecha fundada, un indicio perfectamente lógico y coordinado de obtener una posición dominante, pero exclusiva, puesto de transporte público gallego, con su instrucción determinada con la oportuna tramitación del oportuno expediente sancionador. así que al decir, El tribunal no dictamina que estas empresas deban ser sancionadas por prácticas anticompetitivas, pero sí pide que se investigue si estos indicios son reales.
TSXG advierte que este tipo de UTE tienen como finalidad dividir el mercado y son anticompetitivas. Considera justificada la cooperación entre varias empresas cuando, dadas sus capacidades financieras o técnicas, necesitan complementarse, especialmente cuando de la unión se extraen eficiencias para los consumidores. Sin embargo, en este caso, ni la necesidad ni los efectos benéficos fueron respaldados de ninguna manera. Según la sentencia, la Comisión Galega de la Competencia no analizó ni verificó si el reparto de lotes favorecía a Alsa y Monbus, imposibilitando la competencia a las firmas de menor tamaño, ni en el caso de falsear la libre competencia.
Tanto Alsa como Monbus argumentaron que la firma querellante carecía de legitimación para presentar un recurso. En cambio, el tribunal cree que se ve perjudicado por las decisiones que afectan a las empresas a las que asesora. Contra la sentencia de TSXG cabe interponer recurso de casación.
Adiós al mapa de autobuses del siglo XX
Pablo González
Hoy Galicia dice adiós al mapa de rutas de autobús, que en muchos casos acompaña a los gallegos desde principios de la segunda mitad del siglo XX. Se trata de 119 concesiones decenales, una clara complicación de la composición territorial de la propia ciudad de Galicia, de ahí que el gráfico que acompaña a esta información se haya optado por reflejar los cambios en cerca de medio centenar de ellas. MLM basado en criterios de relevancia. En algunos casos, no se especifican las empresas que forman parte de uniones temporales de empresas, ya que suelen ser asociaciones de más de ocho empresas. La Xunta promovió este tipo de asociaciones en los pliegos de contratación Para asegurar el sustento de los pequeños transportistas familiaresContra el poder de los grandes grupos o corporaciones multinacionales, que en todo caso también se benefician de gran parte del nuevo mapa de franquicias e incluso forman parte de estas alianzas.
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