En el plazo de seis meses, podrán prestar servicios en línea si así lo solicita el cliente; Calcularon que se podrían certificar más de tres millones de documentos y más de 17 millones de copias válidas emitidas anualmente sin tener que acudir a notarios

09 de mayo de 2023 . Actualizado a las 15:34

elLos notarios pueden proporcionar servicios en líneaSi lo solicitan ciudadanos o empresas. aprobación permitida La Ley de Transformación de Directivas de la UE se publicó este martes en Banco de Inglaterraque incluye la digitalización de los trámites de documentación.

en período de seis mesescontando después de esta publicación, se puede hacer por vía electrónica, sin presencia fisica Numerosos actos o contratos ante el notario de su elección sin necesidad de desplazamientos y con la misma seguridad jurídica.

Como se mencionó anteriormente El Consejo General del NotariadoHay cuatro desarrollos notables. La primera es que por primera vez en la historia será posible otorgar documentos notariales en línea, como poderes, sin acudir a notarios. Calcularon que más de 3.200.000 documentos por año podrían ser aprobados y firmados electrónicamente: todos los documentos corporativos, pólizas comerciales, varios tipos de poderes, cartas de pago, cancelación de garantías, certificados de legalidad de firmas y otros.


Notarios también Se podrán entregar copias electrónicas certificadas de documentos de autenticación a ciudadanos y empresas. Esto significa un importante ahorro en papel, pero también en viajes. Estiman que se podrían emitir más de 17 millones de copias electrónicas autorizadas cada año.

La tercera novedad es la posibilidad de que los ciudadanos de la UE Formación de sociedades limitadas (SL) en otro país miembro mediante videoconferencia, sin estar físicamente presente.


Por último, la nueva norma también aplica un protocolo de autenticación electrónica, que aportará una mayor flexibilidad en la transferencia de información, ya sea hacia las administraciones públicas, como hacia particulares y empresas.

Desde el Consejo General del Notariado confirman que todos los servicios que se realicen de forma digital serán completamente seguros. Se implementará a través de la sede de documentación electrónica., que se incluirán en el portal de documentación ciudadana. Su seguridad estará garantizada a través del uso Una firma electrónica cualificada Notaría, su sede electrónica y red propia.


También explican que Estos procedimientos no reemplazarán los procedimientos físicos., pero sería otra opción, manteniendo la posibilidad de hacerlo personalmente en las notarías. El hecho de que la concesión se produzca a distancia no elimina ni disminuye ninguno de los controles que intervienen en la función de documentación. Esta regla da la posibilidad de otorgar Conectado Ciertos documentos públicos para quienes los necesiten o prefieran. Es un camino alternativo. De momento, los actos o actos que puedan declararse a distancia serán esencialmente unilaterales y aquellos para los que se consideró que la presencia física ante notario puede ser sustituida por la electrónica, explica José Ángel Martínez Sánchez, presidente de la General Asamblea del Consejo de Notarios.

Negocios y negocios jurídicos que se pueden autorizar en línea, a través de la Notaría Electrónica

  • Todos los negocios societarios: desde la constitución de sociedades, hasta la cesión de cargos, despidos, agencias comerciales, aumentos y disminuciones de capital, modificación de reglamentos, cambio de domicilio, liquidación, etc.
  • El acta de la junta general y las actas de referencia en el sentido estricto de la palabra.
  • políticas comerciales.
  • Poderes de representación procesal para la actuación ante las administraciones públicas, así como poderes electorales y poderes para actuaciones específicas.
  • Retiro de facultades, salvo las facultades preventivas.
  • Cartas de pago y cancelación de garantías.
  • Requisitos previos para el registro y aquellas actuaciones que puedan realizarse por vídeo.
  • Certificados de legalidad de firmas.
  • Anuncios de obra nueva sin extinción de condominios, ni segregación de dominio, ni división horizontal de bienes.
  • Testamentos en caso de epidemia anunciada mientras continúe la obligación de confinamiento.
  • Conciliación en los casos que el notario estime conveniente.