El Juzgado Primero de lo Penal de Pontevedra condena a Frigodeza por incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales
17 de junio de 2024 . Actualizado a las 21:40
El Juzgado de lo Penal Número Uno de Pontevedra Condenó a la empresa Industrias Refrigeración Desa SL (Frigodiza) por una indemnización de 437.382 euros a los familiares del operador de una empresa contratista externa, fallecido el 5 de agosto de 2020 mientras realizaba tareas de mantenimiento en el interior de la fábrica situada en el polígono industrial Potosí de Lallín.
La sentencia sostiene que Frigodiza incumplió la normativa de prevención de riesgos laborales al no advertir por escrito a la empresa contratista de los riesgos inherentes al trabajo. El hombre murió de Inhalar dióxido de carbono Mientras se repara la abertura hidráulica de entrada de cerdos a la jaula de anestesia del matadero.
En materia de responsabilidad civil, la sentencia A Compensación para varios miembros de la familia. Por el fallecido Adrián Ferreroa Gutiérrez, que entonces tenía 31 años, por la cantidad de 437.382 euros. Desana indicó que la compañía aseguradora de la compañía, AXA, correrá con este monto.
En el ámbito penal, la pena se atribuye entonces El director general de la empresa y actual alcalde de Duzón, Adolfo Camposcomo titular de la empresa Frigodeza, un delito contra los derechos de los trabajadores y un delito de homicidio por negligencia grave por la omisión del deber de informar por escrito sobre los peligros presentes en el área de trabajo y las medidas preventivas correspondientes.
Con base en el delito contra los derechos de los trabajadores, la sentencia impone pena de prisión de 5 meses y 15 días, prohibición de ejercer el derecho de voto pasivo durante el período de sanción y multa de 5 meses y 15 días con una tarifa diaria de 15 euros. por un crimen Homicidio por negligencia graveLa pena será de prisión de un año y siete meses e inhabilitación para trabajar en una empresa de sacrificio de animales mientras dure la pena. Ambas disposiciones no son acumulables y por tanto no entrañan privación de libertad.
Por otra parte, el fallo se debe a Gerente de Mantenimiento De Frigodiza homicidio por negligencia grave al permitir la realización de un acto “completamente inadecuado” al no comprobar el nivel de dióxido de carbono presente en la zona donde se produjo el fatal desenlace. Por todo ello, la pena exige una pena de prisión de un año y 7 meses y la prohibición de trabajar en una empresa de sacrificio de animales durante el periodo de condena.
Frigodiza apelará el fallo argumentando que la empresa era consciente de los riesgos
Frigodeza anunció que apelará el fallo ante los tribunales Audiencia Provincial de Pontevedra. La empresa designada para ello estaba especializada en este tipo de trabajos y “acudía periódicamente a la planta para realizar tareas de mantenimiento, porque era totalmente compatible con las dos rampas existentes”, señala la empresa, según consta en el juicio. Asimismo, aseveran que las tareas de mantenimiento no entraban dentro de las “funciones operativas” del entonces director general.