Los padres de un niño que sufrió daño cerebral y ceguera el martes se sentaron en el banquillo del Tribunal del Condado de Lugo, acusados ​​de un cargo de lesiones y otro delito de abuso habitual. a

El TSXG da por probado que los condenados, cuando el niño era recién nacido, lo agredieron en varias ocasiones, golpeándolo y meciéndolo cuando empezaba a llorar.

25 de abril de 2023 . Actualizado a las 13:49

El 16 de agosto de 2019, Nacido dividido entre la vida y la muerte En la ciudad de Lugo, el pequeño, de apenas tres meses, no reaccionaba a los estímulos. Tenía los ojos abiertos, moretones, un corte sobre un ojo y rigidez general. Sus padres lo llevaron al médico. Después de unos minutos en la clínica, comenzó a convulsionar. Fue trasladado al HULA y de urgencia al Hospital de La Paz de Madrid. El Mal trato Fue sometido públicamente por sus padres y mostró por primera vez sus consecuencias. El niño quedó ciego de por vida y tenía daño cerebral crónico..

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Supremo de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado este martes la condena de trece años de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Lugo a los padres que maltrataron a un menor, causándoles gravísimas consecuencias.

En consecuencia, el juzgado desestimó los recursos presentados por los demandados y confirmó que son los propietarios Delito de herida y otro delito distinto del maltrato habitual en el ámbito familiar, por lo que también se les priva del ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela o guarda por un plazo de 15 años, además de la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de un menor e interactuar con él por cualquier motivo. 12 años. Además, deberá abonar a la víctima, a través de la persona o entidad que tuvo su custodia, 62.408 euros por el tiempo de recuperación de sus lesiones y 900 mil euros por las consecuencias sufrir.





Los padres de Lugo, que dejaron a su hijo ciego y con graves daños cerebrales tras abusar de él, han sido condenados a 13 años de prisión.

Andrés S. Zapata



Consecuencias médicas de por vida

TSXG entiende que ha quedado establecido, como los jueces de primera instancia, que los imputados, desde que el menor tenía un mes hasta que tenía aproximadamente tres meses, lo agredían, golpeaban y suplicaban en reiteradas ocasiones cuando comenzaba a llorar. Los resultados de los ataques del 16 de agosto de 2019:Tuvo que ser internado en la unidad de cuidados intensivos pediátricos Del Hospital Universitario Locos Augusti (HULA) de Lugo y, dada su gravedad, fue trasladado al Hospital La Paz de Madrid.

En la sentencia, que fue confirmada por el departamento civil y penal de TSXG, el tribunal explicó que es imposible determinar el estado clínico final del menor, dada su corta edad, el pleno desarrollo de sus habilidades motrices y cognitivas, pero destacó que se puede confirmar que presentará una pérdida total de la visión en el ojo izquierdo y un cambio en la función cerebral superior integrada, trastorno del lenguaje y epilepsia. Además, señaló que, Es casi seguro que requieren el patrocinio de un tercero. en mayor o menor medida por el resto de su vida.


Los condenados no sólo tenían la expectativa del desenlace, sino que lo aceptaban como llevadero, y continuaban con su acto.

Jueces de la Audiencia Provincial de Lugo consideraron la presencia de A Mala conducta intencional, no sin sentidoporque se aseguraron de que los condenados no solo esperaban mentalmente el resultado, sino que también lo aceptaron como probable y continuaron su acto.

Ellos, en el juicio, Alegaron falta de experiencia Y la ignorancia de cómo criar a un niño para justificar lo sucedido. Además, ambos eran adictos al alcohol. Los jueces del TSXG respaldan la versión del tribunal de Lugo y rechazan la versión de los recurrentes. En efecto, señalan que durante el juicio, los propios acusados ​​admitieron que, en momentos puntuales, cuando el niño lloraba, lo mecían para obligarlo a dejar de llorar.


Por lo tanto, concluyen que es claro que Eran conscientes de que los golpes o movimientos bruscos y violentos de la cabeza podían provocar lesiones. De carácter nervioso o afectado por los órganos orgánicos presentes en el conjunto del cráneo.




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Andrés S. Zapata



Condiciones insalubres en el hogar.

Los condenados, según sentencia confirmada por TSXG, no observaron debidamente las necesidades del menor, no lo mantuvieron en condiciones sanitarias e higiénicas, incumplieron ciertos exámenes del niño relativos a su desarrollo, y mantuvieron el domicilio familiar en Condiciones lamentables de falta de higiene.Con la acumulación de basura en las habitaciones de la casa.


TSXG sostiene que la descripción de los hechos dada por los jueces de primera instancia revela el clima o situación habitual de violencia que vive la víctima, en La posición de completo aislamiento en relación con quienes eran teóricos garantes de su bienestar Y seguridad.

Contra la decisión se puede interponer recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.