Patrulla de la policía local Paco Rodríguez
La Dirección General de la Policía emitió una resolución contraria a lo expresado en la petición, lo que dio lugar al recurso de apelación interpuesto por el sindicato.
10 de abril de 2023 . Actualizado a las 05:00 AM.
El Corte Suprema de Justicia a Madrid Fallo a favor de un policía gallego, representado por el SUP, que sufrió un accidente cardiovascular. el Dirección General de Policía La DGP rechazó que se tratara de un acto de servicio o una consecuencia.
Como consta en la sentencia que compilé Prensa EuropaEl funcionario se encontró enfermo en enero de 2019, padeciendo fuertes dolores en el pecho y el abdomen mientras cumplía su función, por lo que fue llevado a su casa. Al día siguiente, ante la persistencia de los síntomas, fue derivado a un hospital de Santiago donde le diagnosticaron un infarto de miocardio.
Tras abrir el expediente para determinar que las causas de la enfermedad fueron consecuencia del ejercicio de sus funciones condicionales, Dirección General de Policía Emitió una decisión contraria al peticionario, lo que dio lugar al recurso de apelación interpuesto por el sindicato.
Acto seguido, el Juzgado falló a favor del alguacil, estimando que la demandada, la DGP, no había aportado pruebas suficientes que pudieran refutar que el estado patológico que padecía el funcionario fuera consecuencia o se produjera en relación con un acto de servicio y que el argumento de que el oficial de policía pudo haber tenido enfermedades preexistentes no excluye la evaluación de que la lesión ocurrió mientras cumplía con su deber.