mesa de votación en el archivo alberto lopez
La Xunta organiza cómo pueden votar los que no descansen el 23 de julio y el resto de miembros de las mesas electorales
22 de junio de 2023 . Actualizado a las 14:04
Los gallegos que tendrán que trabajar el próximo 23 de julio, día de las elecciones generales, podrán divertirse Permiso retribuido para ejercer el derecho al voto. La Xunta ha hecho público este jueves los términos en los que se regularán los pases, de dos a cuatro horas, para los trabajadores en activo que no descansen el día de las elecciones, para garantizar su participación en los comicios.
Personas que formarán parte de las mesas electorales 23 años como presidente o vocal, y los que acrediten su condición de auditores de cuentas, gozarán de licencia retribuida a tiempo completo durante el día de la votación, si no tuvieren descanso, y tendrán derecho, en todo caso, a una reducción de hasta cinco horas en su horario al día siguiente inmediato. Además, si tienen que trabajar en el turno de la noche el día anterior a la votación, la empresa tendrá que cambiar su horario para que puedan descansar esa noche. En cuanto a los mandatarios, tienen derecho a un permiso retribuido el día de la votación si no coincide con el descanso, pudiendo la sociedad solicitar la aprobación del voto o la aprobación de la mesa.
Con excepción de los colegios electorales, los trabajadores que tengan un horario de trabajo distinto al de los colegios electorales, o que coincidan en menos de dos horas, no tendrán derecho a ningún permiso. Únicamente tendrán, durante dos horas, para quienes ocupen la jornada laboral entre dos y cuatro horas para poder ir a votar; El tercero, si coincide entre cuatro y seis horas, y el de cuatro horas, si excede de seis horas.
La Junta Electoral exime de estar en las mesas del 23 a quienes hayan contratado vacaciones antes del 30 de mayo
Si se trata de personas contratadas tiempo parcial y trabajen menos de la jornada habitual, la duración del permiso se reducirá en proporción a la relación entre las horas de trabajo que realicen y las habituales de los trabajadores a tiempo completo de la misma empresa. Será la empresa la que determine la distribución del período durante el cual los empleados recibirán permiso para ir a votar.
La orden del Departamento para el Fomento del Empleo y la Equidad, que fue publicada este jueves en Boletín Oficial de Galicia (perro), también tiene en cuenta Permiso para votar por correo. Así, los empleados que no estarán en la ciudad donde deben votar el 23 de julio, o que no puedan ejercer su derecho al voto ese día, recibirán hasta cuatro horas Poder redactar personalmente la solicitud de certificado de empadronamiento, así como el envío por correo del voto.