La autovía A-54 que conectará Santiago con Go cuando esté totalmente terminada Zwan A
La concesionaria reclamó una indemnización por el sobrecoste que supuso la lenta ejecución del tramo entre Lavacula y Arza
19 de mayo de 2023 . Actualizado a las 2:38 p.m.
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional (AN) estima parcialmente el recurso de la empresa Dragados SA contra el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, encabezado por Raquel Sánchez (PSOE), reclamando una compensación económica por 8.716.331 euros Por sobrecostes ocasionados por los continuos retrasos en las obras del tramo entre Lavacola y la salida oeste de Arza de la autovía A-54 que une Santiago con Go. En su sentencia, que puede ser apelada, AN está de acuerdo con el constructor, aunque Reduce la cantidad a 7.728.668 euros a recibir como compensación.
La sentencia, de 16 de febrero pero dictada hoy, señala que el 25 de junio de 2009 el Ministerio, entonces Fomento, concedió a Dragados SA el tramo entre Lavacolla y Arza Oeste de la A-54 para 88.279.687 euros IVA incluidoEl plazo de ejecución es de 38 meses. Sin embargo, el 14 de agosto de ese año, al formalizarse el Acta de Verificación del Estatuto, se registró la suspensión del inicio de las obras por no haberse pagado a esa fecha a los propietarios de los inmuebles afectados por el agravio. Depósitos antes de la compensación correspondiente.
eso fue todo El primero de muchos retrasos y suspensiones temporales De las obras, tal y como se menciona en la sentencia de la Audiencia Nacional, que advierte que estos retrasos no se debieron sólo a deficiencias y errores en el proyecto, sino también a la falta de disponibilidad de suelo y ajustes en las cuotas anuales por la falta de disponibilidad de los presupuesto, y esta es una razón ajena al contrato y provoca un grave desequilibrio económico.
Gobierno de España Quería compensar económicamente a Dragados sobre estos problemas en las obras, pero la cantidad que ofrecí a la constructora fue de tan solo 3.307.404 €, lejos de las pretensiones de la empresa, que al no estar de acuerdo decidió llevar su reclamación a los tribunales, lo que ahora da motivos para recordar que La ejecución empresarial se desarrolló con una lentitud inusual, muy lejos del rendimiento esperado (…), lo que motivó la formalización de dos suspensiones temporales en parte. La primera es entre el 6 de julio de 2012 y el 20 de mayo de 2013 y la segunda es desde el 3 de octubre de 2016, si bien todo el periodo de ejecución de diciembre de 2009 a diciembre de 2016 puede considerarse en suspensión temporal parcial. Circunstancia que soportó en el periodo de tiempo comprendido entre agosto de 2010 y junio de 2011 de paralización total del trabajo como atestiguan los certificados a cero y los informes emitidos.