Acciones en Lugo contra la violencia sexual carlos castro

Recuerde que las decisiones judiciales prevalecen sobre la voluntad de los afectados; Lo hace a raíz de una sentencia en Pontevedra

21 de enero de 2023 . Actualizado a las 18:06.

Que una víctima de violencia sexual acceda a acercarse a su agresor, a pesar de la presencia de un juntosno da derecho al maltratador a hacerlo, y así lo ha dejado claro una sentencia del Tribunal Supremo (TS), al señalar que las decisiones judiciales prevalecen sobre la voluntad de los afectados.

Un fallo de la Corte Suprema examina un caso adjudicado en Juzgado de Primera Instancia de Pontevedra. El imputado cuestionó su condena por violar una medida cautelar. Durante su defensa, uno de sus hijos le dijo que la mujer le había dado permiso para ir a su casa.

Independientemente de si es cierto o no, el Tribunal Supremo ha concluido que es un hecho Una víctima de violencia sexual da su consentimiento Siempre debe entender a su pareja para romper la orden de restricción dentro Un contexto innegablemente intimidante Residencia en Baja autoestima De víctima importante a episodios prolongados de violencia doméstica. Además, señaló que sólo los jueces y tribunales pueden anular las acciones que han dictado y queLas decisiones judiciales deben prevalecer sobre la voluntad de las propias víctimas. Tal como están las cosas, los delincuentes sexuales condenados no pueden acercarse a las mujeres agredidas, incluso con su permiso.


El caso fue juzgado en Pontevedra: intento de asesinato en Ponteries

La decisión de la CPI sigue el caso de un hombre que fue condenado en enero de 2020 a 22 días de acción comunitaria por el delito de amenazas menores en el ámbito de la violencia contra la mujer. Es más Estaba prohibido acercarse a menos de 100 metros Desde tu pareja, tu casa, tu lugar de trabajo, o cualquier otro lugar que frecuentas. Sin embargo, seis días después, luego de que se llevó a cabo el proceso de divorcio, fue declarado culpable. Fui a la casa de la mujer en Ponteríasen el que se produjo un nuevo episodio de violencia, mucho más grave, que lo devolvió a la justicia.

Según la decisión judicial sobre esta nueva agresión al hombre Golpea a la mujer en la cabeza Sin previo aviso utilizando un objeto metálico contundente (…) con Intención de causar la muerte.. Ella cayó al suelo y él siguió golpeándola repetidamente. Uno de los niños comunes, al darse cuenta de lo que estaba pasando, tomó unas tijeras de un mueble para defender a su madre. Pero el padre lo golpeó con lo mismo. El joven logró escapar y pedir ayuda.


Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Pontevedra dictó sentencia con un valor total de 19 años de prisión: 14 años y 4 meses por un delito tentativa de asesinato; 4 años y 2 meses en caso de infracción de lesiones graves; y 6 meses contra El delito de incumplir la pena. Fue confirmada por el Tribunal Supremo de Xustiza de Galicia (TSXG).




La Audiencia de Pontevedra condena a un hombre que intentó matar a su mujer en Ponteries

López Bened



Entonces el condenado llevó el caso a la Audiencia Nacional al considerar que no era razonable entender que intentó matar a su pareja. Insistió en que ese día se fue a su casa. Pregúntale a la mujer si te deja bañarte en casa.Como le dijo uno de sus hijos. Aseguró que la mujer se cayó y se desmayó debido a que padecía diabetes y dolor en el cuello uterino, y que ni ella ni el hijo agredido pudieron explicar el motivo por el cual los había lesionado.


Pero los jueces del Tribunal Supremo rechazaron estos argumentos y el resto de alegaciones realizadas por el atacante. Insistieron en que él sabía que una orden de alejamiento le impedía contactar o acercarse a su esposa. En este contexto, la Corte se refiere a aquellas decisiones judiciales Sólo puede ser modificado o cancelado por los jueces y tribunales. Quien las dictó y no los afectados.

defender a la victima

En la sentencia, de 40 folios y en la que hablaba el juez Juan Ramón Berdugo, el Tribunal Supremo confirmaba que el propio Tribunal Constitucional ya había reconocido que Independientemente de la voluntad de la víctima, prevalecerá el dictado de las sentencias judiciales.. Explican que la ley penal sobre violencia contra la mujer tiene propósitos que no se pueden lograr si se permite a la víctima revocar las decisiones acordadas por el poder judicial a su favor.


Así, el Supremo rechazó el recurso del agresor y confirmó la pena de 19 años de prisión, además de mantener las disposiciones de inhabilidad, la medida cautelar de 34 años y la indemnización de 47.000 euros para la mujer y 15.500 euros para el hijo.