Presidente General de la Guardia Civil de Galicia, Miguel Ángel González Arias. César Kian
Se ordena reactivar el procedimiento para que el Director General de la Guardia Civil emita su informe y el Ministro de Defensa formule una nueva propuesta de ascenso
13 de noviembre de 2024 . Actualizado a las 16:35
El Tribunal Supremo acaba de anular el ascenso a general de brigada Miguel Ángel González Arias (Lugo, 1964). Durante dos años fue Maestre General de la Guardia Civil de Galicia. Así, el Tribunal Supremo conoce el recurso interpuesto por la Asociación Profesional de la Guardia Civil (Aprogc), que ha puesto en duda la legalidad del procedimiento de ascenso.
En el fallo, del que informó Europa Press, la controvertida sala administrativa del Tribunal Supremo Órdenes para deshacer la acción El Director de la Guardia Civil podrá emitir su “informe especial” y valorar la valoración realizada por el Consejo Supremo de la Guardia Civil sobre La idoneidad del coronel para ser ascendido.¿Cuál es el orden de prioridad y el procedimiento seguido?
El Tribunal Supremo también lo señala Eso tendrá que hacer la ministra de Defensa, Margarita Robles Redacción de una nueva propuesta de promoción. Tras escuchar al Ministerio del Interior y elaborar la propuesta de ascenso, la presentará al Consejo de Ministros para evaluar su idoneidad para desempeñar el puesto vacante de decano en el que se completó el ascenso impugnado. Hasta su ascenso, González Arias era coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en Lugo. Como general de brigada fue destinado a La Coruña en noviembre de 2022 para comandar la Guardia Civil de Galicia.
González Arias estuvo destinado en los Servicios de Información de la Guardia Civil en el País Vasco y en Madrid, donde Trabajó en la guerra contra el terrorismo de ETA.. A su regreso a Galicia ocupó diversos puestos de responsabilidad en el Instituto Armado de Lugo y La Coruña, y estuvo destinado en diversas áreas del Distrito XV de la Guardia Civil, del que aún está al frente.
El Tribunal Supremo afirma que se ha pronunciado sobre este caso en otros asuntos que se plantearon anteriormente (como coronel Diego Pérez de los Cobos) En las oraciones de las que se infiere Una norma general a la que se aplican todos los procedimientos de promoción. Al cargo de general de brigada de la Guardia Civil. Los jueces confirman que este tipo de procedimientos se reduce a que el «informe especial» del director general de la Guardia Civil, que exige la ley, no puede limitarse a presentar la valoración realizada por el Consejo Superior del Instituto Armado . En segundo lugar, el Tribunal Supremo indica que el Director General de la Guardia Civil debe hacer su propia valoración, ya sea del resultado de lo que ha hecho el Consejo Supremo, como órgano de evaluación, o de los elementos necesarios para que el Consejo de Ministros decida y evaluar la idoneidad de su promoción.
El Tribunal añade que, además, dados los notables cambios en dichas disposiciones que implican un cambio de clasificación, Se debe considerar la calidad del procedimiento seguido. La resolución de prioridad dictada por el Consejo Supremo de la Guardia Civil queda reflejada en la valoración final. Destaca la necesidad de explicar los motivos de la propuesta del Ministro de Defensa respecto de la prioridad e idoneidad del coronel ascendido para el puesto específico que determina el ascenso.