El sistema rechazado se puso en marcha en 2014; Aprobar el estudio falla al recibirlo

19 de enero de 2023 . Actualizado a las 15:30

la Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que el sistema que se aplica Dirección General de Tráfico (DGT) para distribuir un archivo Adjudicar cursos para canjear puntos El permiso de conducción va en contra de la libertad de establecimiento amparada por la normativa comunitaria, por entenderse que el límite de un concesionario por zona geográfica es un requisito desproporcionado.

La sentencia responde así a una cuestión prejudicial remitida por el Tribunal Supremo español sobre la adjudicación de estos cursos aun Privilegio de servicio públicoque es prácticamente un sistema asumido Otorgar el control a un único franquiciado En cada una de las cinco geografías establecidas en la licitación de la DGT en 2014.

El tribunal con sede en Luxemburgo considera que la concesión a través de una concesión de servicio público en este caso es incompatible con las normas de la sociedad sobre la libre prestación de servicios porque va más allá de lo necesario para lograr el objetivo de interés público deseado, que es mejorar la seguridad vial.


El caso se remonta a 2014, cuando la DGT anunció la polémica licitación en cinco grupos para adjudicar la administración de cursos de sensibilización y reeducación vial para recuperar puntos de los permisos de conducir en varias regiones del país. La Asociación para la Defensa de los Intereses Comunes de las Autoescuelas (Audica) llevó este sistema a los tribunales al considerar que vulneraba las normas generales de Proporcionar servicios de forma gratuita. A la posición de Audica se sumó la Fiscalía General del Estado, y la Audiencia Nacional estimó el recurso, anulando la decisión de la licitación, en una sentencia de noviembre de 2018 presentada ante los tribunales por la Administración General del Estado y la Federación Nacional de Autoescuelas (CNAE).

desproporcionado a las posibles alternativas

En su comunicado de este jueves, la Justicia europea señala que la legislación española constituye un límite cuantitativo y un límite territorial, al tiempo que advierte que este tipo de Restricción de la libertad de establecimiento Solo está autorizado por la Unión Europea si no es discriminatorio y si es necesario y proporcionado. En este caso, el TJUE advierte importantes restricciones a la libertad de establecimiento, ya que impone la división del territorio en cinco grandes regiones, en cada una de las cuales sólo un prestador puede prestar el servicio en cuestión.


El tribunal cree que hay medidas menos restrictivas que permitan lograr el mismo objetivo, y agrega que no se puede descartar que este objetivo pueda lograrse Sistema de autorizaciones administrativasEs el mismo sistema que se aplica en el privilegio de las autoescuelas en lugar de recurrir a un servicio público que debe prestarse con distinción.

La Dirección General de Tráfico (DGT) estudiará la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea una vez recibida la misma. Así lo confirmaron a «Europa Press» fuentes del departamento que dirige Perry Navarro, tras conocerse la sentencia.